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Kata

Zulima Camacho
39 años, mujer
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Reseña de Libros

Reseña creada el:
15/01/10

DEMOCRACIA CONTEMPORANEA

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Libros » Tratado » Derecho

LA DEMOCRACIA EN EL MUNDO CONTEMPORANEO

Es innegable que después de la Segunda Guerra se ha considerado la democracia constitucional como un régimen de organización política prácticamente único, parece ser la única forma valedera de ejercer el poder. El análisis de muchos de si ha sido exitoso o no éste régimen se basa sobre todo en los problemas sociales generados por la desigualdad. Por ejemplo, Max Webber[1], quien analiza la ética protestante del trabajo dice que “deberá estudiarse el enlace que el racionalismo ascético posee para la ética político-social, es decir, para la organización y funcionamiento de los grupos sociales desde el conventículo al Estado…..” pero no aporta solución alguna, sin embargo Gunnar Myrdal afirma categóricamente que no hay país protestante sumido en el subdesarrollo  y francamente es completamente cierto.

Según Orlando Juan Gallo[2], en la actualidad podemos hablar de dos democracias contemporáneas: calvinista y rousseniana. La primera, de origen religioso, siglo XVI. En pleno absolutismo las buenas obras no salvan, sólo por la fe traducida en obediencia y no en creencia, esto es sometimiento absoluto a la voluntad de Dios reflejada en el Rey y la ley porque ya que existe el pecado, es necesario que exista el Estado. La autoridad política tiene que existir para controlar la perversión de la humanidad. El Rey es administrador del poder de Dios en la tierra. Sin embargo, es el calvinismo, alejándose del luteranismo, es el que promulga también la tolerancia y aquí es donde genera una de las vertientes de la democracia actual.

Resulta muy curioso  cambiar de parecer y volverse más laxos y hay una razón para ello: en los lugares donde los calvinistas fueron mayoría, el absolutismo tuvo un cariz extremo, donde fueron minoría, tuvieron que relajar un poco sus estándares predicando un estado religioso pero con libertad y cuidado de los derechos del hombre, eso sí sólo para los redimidos, esto es para los practicantes que merecían ser protegidos de desmanes y abusos de poder. Una manera de acceder a lo más excelso de la sociedad y por consiguiente al poder, justamente allí donde eran minoría por las bondades de su ejemplo y laboriosidad (Webber), asunto muy oportuno porque los príncipes vieron en este sistema una manera de independizarse de la tiranía del papado y del emperador.

En 1575 Teodoro Béze sienta en su obra las bases de una nueva forma de gobierno cuya base consiste en un contrato donde están obligados tanto el rey como el pueblo. En resumidas cuentas el soberano puede ser puesto y depuesto por el pueblo si su tiranía resulta inaguantable, lo que Gallo denomina política democrática y contractualista. Una monarquía democrática.

Más tarde, “mediante Locke –también calvinista- se expresan en forma definidamente democrática y secular, encontraremos a los protestantes aplicando su celo, su austeridad y su laboriosidad en la afirmación de las instituciones republicanas”[3].  Por eso son los  países anglosajones los abanderados en instituciones y democracia con bases religiosas.

En cuanto a la segunda vertiente, la rouseniana, la contrarreforma del catolicismo no le da importancia a la libertad y debido a que los dirigentes eclesiásticos estaban tan concentrados en mantener su poder, no hubo mayores avances y esto causó en el siglo XVIII una ruptura entre lo laico y lo religioso.

El Siglo de las Luces fue la reacción ante el empecinado comportamiento católico que causó atrasos tecnológicos y económicos en los países de éste credo. Lo fundamental fue la libertad y los derechos en un marco ideológico donde el hombre antes de la sociedad como la conocían era feliz y perfecto en su naturaleza. El racionalismo se puso a la orden del día y por consiguiente el poder debería estar manos de hombres iluminados por la razón con el fin de favorecer el cambio social urgente ya que era esa sociedad la que corrompía al hombre bueno al nacer.  Las relaciones sociales tradicionales fueron declaradas antinaturales.

Rousseau inspiró a todos esos iluminados con su teoría de la soberanía popular y de la voluntad general que dice que “cada individuo puede, como hombre, tener una voluntad contraria o distinta de la voluntad general que posee como ciudadano su interés particular puede aconsejarle de manera diferente a lo que le indica el interés común…...” pero “a fin de que el pacto social no sea una vana fórmula, él encierra tácitamente el compromiso , de que por sí solo puede dar fuerza a los otros, de que, cualquiera que rehúse obedecer a la voluntad general, será obligado a ello por todo el cuerpo; lo cual no significa otra cosa, sino que se le obligará a ser libre….”[4]

Esta vertiente se arraigó en los países católicos, comenzando por Francia y finalizando en Hispanoamérica, donde ha sido imposible la permanencia de regímenes políticos estables y se dan constantemente modificaciones a las constituciones, planteadas según ideales extranjeros, a diferencia de las constituciones anglosajonas basadas en el empirismo.



[1] Max Webber. La ética protestante y el espíritu del capitalismo. Barcelona, Península, 1979. P. 260

[2] Revista Prudentia luris. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. Pontificia Universidad Católica Argentina. N°24/25. P.48. Publicado en [http://docs.google.com/viewer?a=v&q=cache:6NZOEkagKVQJ:www.estudiomansueti.com/sp/pdf/Gallo- raizRousseauniana.pdf+democracia+contemporanea,+filosofia&hl=es&gl=co&sig=AHIEtbRhJnBGXkzPolYOUY8LFfjpY5swnQ]

[3] George Sabine. Historia de la Teoría Política. México. FCE, 1965. P 286

[4] Jean Jacques Rousseau. Contrato Social.

Tags: democracia Politica webber Rousseau

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